URGENTE
A LA COMUNIDAD NACIONAL E INTERNACIONAL
LA RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“Francisco IsaĆas Cifuentes”
DENUNCIA PĆBLICA
En desarrollo de acciones militares indiscriminadas, arbitrarias y sistemĆ”ticas, en enfrentamientos armados que alcanzaron zona poblada, es asesinada FRANCI MILENA RIVERA SECUE, joven indĆgena integrante de la Asociación IndĆgena “Avelino Ul” y de la Coordinación Departamental del Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano.
DE ACUERDO A DENUNCIAS RECIBIDAS RECIENTEMENTE:
HECHOS
Sur occidente de Colombia, Departamento del Cauca, Municipio de Toribio.
Domingo 18 de diciembre de 2011
Resguardo IndĆgena de Toribio, Vereda San JuliĆ”n, Cerca de las 2:00 de la tarde, inicia un enfrentamiento armado entre integrantes del ejĆ©rcito del Estado Colombiano e integrantes del sexto frente de las FARC-EP, en inmediaciones de la base militar instalada en la región.
Pese a que la zona poblada de la vereda San JuliÔn, se encuentra alejada del Ôrea de los enfrentamientos armados, el grupo de militares en repetidas oportunidades dispararon rÔfagas de fusil en dirección al Ôrea poblada.
La joven FRANCI MILENA RIVERA SECUE, quien se encontraba en el centro poblado de la vereda San JuliƔn, al interior de la sala del hogar de un vecino de nombre PLINIO SECUE. Cerca de las 2:30 de la tarde, decide salir al patio del predio y segundos mƔs tarde dos impactos de proyectil de arma de fuego penetraron en el cuerpo de la joven FRANCI MILENA RIVERA SECUE (uno en la cara a la altura del paladar y otro en la mano derecha) causƔndole la muerte de manera instantƔnea.
Los enfrentamientos armados se prolongaron hasta pasadas las 4:00 de la tarde. Y el cuerpo sin vida de FRANCI MILENA RIVERA SECUE fue trasladado hasta el municipio de Toribio.
FRENTE AL FUNDADO TEMOR DE LOS HABITANTES DEL MUNICIPIO DE TORIBIO Y EN RECHAZO A LAS EXTRALIMITACIONES DE LAS FUERZAS REGULARES DEL ESTADO COLOMBIANO. Y ANTE EL TEMOR DE LAS COMUNIDADES Y LOS CIUDADANOS AFECTADOS
RESPONSABILIZAMOS
Al Estado Colombiano en cabeza del seƱor JUAN MANUEL SANTOS CALDERON, a la Gobernación del Departamento del Cauca en Cabeza de GUILLERMO ALBERTO GONZĆLEZ y en particular al general JAIRO ANTONIO HERAZO MARZOLA comandante del Comando Conjunto del PacĆfico No 2, y al comandante de la III División del EjĆ©rcito de Colombia, por las violaciones al Derecho Internacional de los Derechos Humanos (DIDH) e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) cometidas por integrantes de las fuerzas regulares del Estado colombiano en la zona de operaciones de las unidades militares que dirigen.
SeƱalando que:
FRANCI MILENA RIVERA SECUE, fue integrante de la Asociación IndĆgena “Avelino Ul” y de la Coordinación Departamental del Cauca del Proceso de Unidad Popular del Sur Occidente Colombiano. Era una joven indĆgena de escasos 19 aƱos de edad, que recientemente habĆa terminado el bachillerato. Y al momento de los hechos vestĆa de franela blanca y un short negro de jean.
EXIGIMOS
Responsabilidad estatal por el homicidio de la ciudadana FRANCI MILENA RIVERA SECUE, al igual que frente a los derechos a la vida, la libertad, la seguridad personal, la integridad fĆsica y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación y a la libre movilidad de los ciudadanos colombianos habitantes de la Vereda San JuliĆ”n en el Municipio de Toribio.
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
· El cumplimiento de su mandato como veedores de que el Estado colombiano cumpla con sus obligaciones constitucionales y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
AL ESTADO COLOMBIANO
· El inmediato cumplimiento de las reiteradas recomendaciones que sobre el respeto y acatamiento del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha formulado la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, La comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA y demĆ”s organismos internacionales.
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la ejecución extrajudicial (violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos) y/o el homicidio intencional de persona protegida en desarrollo de acción bĆ©lica (infracción al Derecho Internacional Humanitario) de la ciudadana FRANCI MILENA RIVERA SECUE.
· Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la libertad, la seguridad personal, la integridad fĆsica y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación, la libre movilidad y la propiedad de los ciudadanos indĆgenas pobladores de la vereda San JuliĆ”n, los cuales se estĆ”n viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
A LA GOBERNACIĆN DEL CAUCA
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la ejecución extrajudicial (violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos) y/o el homicidio intencional de persona protegida en desarrollo de acción bĆ©lica (infracción al Derecho Internacional Humanitario) de la ciudadana FRANCI MILENA RIVERA SECUE.
· Adelantar las medidas necesarias para lograr garantizar los derechos a la vida, la libertad, la seguridad personal, la integridad fĆsica y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación, la libre movilidad y la propiedad de los ciudadanos indĆgenas pobladores de la vereda San JuliĆ”n, los cuales se estĆ”n viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
A LA DEFENSORĆA DEL PUEBLO
· Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por la ejecución extrajudicial (violación al Derecho Internacional de los Derechos Humanos) y/o el homicidio intencional de persona protegida en desarrollo de acción bĆ©lica (infracción al Derecho Internacional Humanitario) de la ciudadana FRANCI MILENA RIVERA SECUE.
· Cumplir con su papel institucional de velar por la garantĆa y el respeto a los derechos constitucionales a la vida, la libertad, la seguridad personal, la integridad fĆsica y psicológica, la intimidad personal, familiar y su hogar, al trabajo, la organización, la honra y reputación, la libre movilidad y la propiedad de los ciudadanos indĆgenas pobladores de la vereda San JuliĆ”n, los cuales se estĆ”n viendo afectados por la acción arbitraria de fuerzas regulares del Estado Colombiano.
SOLICITAMOS
A LA OFICINA DEL ALTO COMISIONADO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LOS DERECHOS HUMANOS (OACNUDH)
· En el marco del cumplimiento de su mandato, prestar toda su gestión para que las actuaciones del Estado Colombiano se apeguen a las Normas internas y externas que se ha comprometido a respetar y que se inicien las investigaciones a que haya lugar por el desconocimiento de las mismas.
INSTAMOS A LOS ORGANISMOS DE DERECHOS HUMANOS Y ORGANIZACIONES POPULARES A MANTENERSE ATENTOS Y ALERTA LA CRITICA SITUACION DE DERECHOS HUMANOS QUE ESTAN AFRONTANDO EL DEPARTAMENTO DEL CAUCA
RED DE DERECHOS HUMANOS DEL SUROCCIDENTE COLOMBIANO
“FRANCISCO ISAIAS CIFUENTES”
18 DE DICIEMBRE DE 2011
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