Su carácter de líder cívico y campesino, y su pertenencia a
procesos como la Asociación de Trabajadores Campesinos del Valle del Cauca
(Astracava), hicieron de Félix el blanco de un montaje judicial. Porque su
firme convicción en favor de los más necesitados, y su trabajo en contra de la
iniquidad del país, es algo que el Gobierno no permite.
2013/ Febrero 18/ Por:
Alexander Escobar
Imagen: http://areitoimagen.blogspot.com/
La falta de rigurosidad en los protocolos de investigación para
recaudar pruebas y emitir órdenes de captura bajo el supuesto delito de
rebelión, evidencian que la “presunción de inocencia” en Colombia, además de
ser nula para la oposición política, es la ilusión creada por un Gobierno que
utiliza la cárcel como campo de concentración.
El artículo séptimo del Código de Procedimiento Penal
Colombiano reza: “Toda persona se presume
inocente y debe ser tratada como tal, mientras no quede en firme decisión
judicial definitiva sobre su responsabilidad penal”, a primera vista, en
Colombia esto parece justo. Sin embargo, un hecho basta para despertar de la
ilusión. Cuando la Ley habla de una “decisión judicial definitiva”, su
significado es infame, porque oculta que una persona inocente puede pasar
muchos años en la cárcel mientras ocurre una sentencia judicial. Por tanto,
resulta de suma importancia entrar a discutir los protocolos empleados por lo
entes investigadores de la Fiscalía General de la Nación para acusar y emitir
órdenes de captura contra líderes cívicos, comunitarios, defensores de derechos
humanos, y en general, contra la población civil opositora al Gobierno
colombiano que termina en la cárcel acusada del delito de rebelión.
En los juzgados de la ciudad de Palmira, en el departamento
del Valle del Cauca, encontramos una prueba de lo anterior. Hablamos de un caso
en particular, adelantado en esta ciudad contra Félix María Ocampo Urrea,
acusado del delito de rebelión.
Y nos remitiremos a un momento en especial, a la audiencia
realizada en su contra el 13 de febrero de 2013, pues constituye una
experiencia concreta de cómo en los protocolos de los entes investigadores de
la Fiscalía no se aplica el Principio de Presunción de Inocencia, y actuando en
contra de la oposición política, la Fiscalía emite órdenes de captura con base
en testimonios que no verifica, o por simples corazonadas justificadas en la “experiencia” investigativa, en
síntesis, toda una suma de excusas criminales para presentar, como capturas
legales, los miles de montajes judiciales realizados en Colombia.
A Félix María Campo el montaje judicial no podía ocurrirle
en momentos más lamentables: afrontando dificultades económicas había
recolectado el dinero necesario para pagar la cuenta de la morgue y recuperar
el cuerpo de su tío para brindarle cristiana sepultura. Pero su tragedia
continuaría por culpa del Gobierno. Cuando regresaba del funeral hacia su casa
en el corregimiento de El Líbano, fue detenido en un retén militar instalado en
Lomitas, corregimiento del municipio de Pradera en el departamento del Valle
del Cauca. Desde ese día, 18 de enero de 2012, Félix completa más de un año
privado de la libertad, y hoy se encuentra recluido en la cárcel de máxima
seguridad del municipio de Palmira.
Su carácter de líder cívico y campesino, y su pertenencia a
procesos como la Asociación de Trabajadores Campesinos del Valle del Cauca
(Astracava), hicieron de Félix el blanco de un montaje judicial. Porque su
firme convicción en favor de los más necesitados, y su trabajo en contra de la
iniquidad del país, es algo que el Gobierno no permite, y en respuesta actúa
enviando a sus contradictores a la cárcel, aumentando a diario la larga lista
de presos políticos en Colombia.
Antes de lograr demostrar su inocencia deberá pasar mucho
más tiempo en prisión, mientras el sistema penal acusatorio decide programar
las audiencias de su juicio, lo cual puede durar meses, o años. En el sistema
judicial colombiano esto es un crimen cotidiano. Hablamos del sistema
carcelario hecho campo de concentración para la oposición política. Casos como
el de Liliany Obando, Yira Bolaños, y miles de
líderes sociales y defensores de derechos humanos en Colombia, constituyen una
prueba de esta siniestra estrategia de “secuestro judicial” implementada por el
Estado colombiano, y que por su carácter sistemático y aberrante, hoy también
recibe el nombre de “falsos positivos judiciales”.
Pero volvamos a la audiencia del 13 de febrero de 2013.
Contra Félix se toma como “prueba” del delito de rebelión, en su caso, de ser
miliciano de las FARC, el testimonio de dos pobladores de la zona, y el de un
desmovilizado de la guerrilla. Pero durante el juicio el abogado defensor Lucas
Restrepo, de la Corporación Colectivo de Abogados Suyana, interrogó al testigo
del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) presentado por la Fiscalía, pudiendo
evidenciar, entre otros aspectos:
1. La investigación del CTI jamás logró verificar el lugar
de residencia del acusado, por lo tanto era imposible establecer que las
instalaciones de la casa de Félix estuvieran adecuadas para hospedar y
alimentar a miembros de la guerrilla, como lo afirman los testigos de la
Fiscalía.
2. Tampoco se comprobó que el acusado portara armas o
prendas militares, como establece otra de las acusaciones.
3. No lograron comprobar que Félix comprara víveres para
abastecer a la guerrilla.
4. De la moto, que presumen los testigos fue dada al acusado
para realizar sus actividades de
miliciano, no verificaron su existencia, y ni siquiera se tiene un número de
placa o registro de dicho vehículo.
5. No se cuenta con ningún número telefónico, o teléfono, a
través del cual el acusado brindara información a la guerrilla sobre las
operaciones del ejército en la zona, y tampoco el testigo presentó alguna
interceptación telefónica que lo pruebe.
6. Jamás se comprobó que Félix hubiese estado involucrado en
acto alguno de secuestro o recibiera dinero producto de extorsiones, como lo
afirman los testigos.
7. No hay prueba que vincule al acusado con la instalación
de campos minados ni con actividades desempeñadas como explosivista, algo que
también aseguran los testigos.
8. No fueron entrevistadas más personas de la zona para
establecer si los testigos estaban mintiendo, o si las acusaciones obedecían a
retaliaciones por problemas de tipo personal contra Félix María (algo que sí
argumentan los pobladores de la zona en favor del acusado).
9. Cuando el abogado de la defensa formula la pregunta sobre
las razones que llevaron a pensar que Félix María Ocampo Urrea era un
miliciano, el testigo del CTI expone que una de las razones radicaba en su
“experiencia” en este tipo de casos.
Es claro entonces que los protocolos empleados en la investigación
desarrollada por el CTI carecen de rigurosidad; es más, al no lograr establecer
pruebas que verificaran las acusaciones formuladas por los testigos, se pone de
manifiesto que para el investigado no aplicaron protocolos en favor de
establecer si la información suministrada era cierta o falsa, tratando de
entrevistar, por ejemplo, a otros pobladores de la zona que pudieran confirmar
o desmentir las acusaciones de los testigos.
Pero la orden de captura fue emitida. La Fiscalía actuó
basada, al parecer, atendiendo una especie de corazonada judicial. Así lo
demuestra la “investigación” realizada por el CTI. Porque sin lograr
comprobación alguna de las acusaciones, Félix María Ocampo Urrea fue llevado a
la cárcel tomando en consideración la “experiencia” del testigo del CTI que lo
califica de “miliciano”, en otras palabras, se tomó como soporte la
especulación de un organismo de investigación de la Fiscalía que no aportó
pruebas que verificaran las acusaciones de los testigos. Por tanto, en una
investigación donde la apreciación personal de un funcionario del CTI prevalece
sobre el hecho de no encontrar pruebas que corroboren los testimonios, es claro
que existe una posición sesgada donde no prima el Principio de Presunción de
Inocencia.
Y lo más terrible de esta situación es que el caso de Félix
es el caso de miles de presos políticos que actualmente son víctimas de los montajes
judiciales del Estado colombiano.
Los datos son aberrantes y superan dictaduras. En su
artículo Las visitas a las cárceles: el siguiente paso hacia una
negociación de paz,
publicado el 3 de abril de 2012 por La Silla Vacía, Dora Montero
Carvajal anota que “las autoridades
reportaron 8.563 personas arrestadas entre 2008 y 2011 por rebelión, pero solo
hay 1.950 presos”. Esto indica que 6.613 personas fueron detenidas sin
pruebas suficientes, o que son inocentes, si se prefiere afirmarlo; pero
también faltaría analizar la situación,
caso por caso, de los 1.950 presos y verificar cuántos también han sido
víctimas de un montaje judicial.
Sin embargo, hay datos aún más preocupantes aportados por
organizaciones no gubernamentales. Por ejemplo, hasta enero 31 de 2012, y
tomando datos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario de Colombia
(INPEC), la campaña Traspasa los muros
informa que en las cárceles de Colombia se encuentran 21.199 personas asociadas al delito de rebelión, y por tanto la
cifra de 9.500 presos políticos que acostumbramos difundir, es solo un dato
moderado ante esta estrategia criminal del Estado colombiano implementada contra
la oposición política, es decir, en Colombia existen entre 9.500 y 21.199
presos políticos.
Félix María Campo Urrea completa más de un año en la cárcel
en su condición de preso político. Y los tres testigos que lo acusan no han
asistido a las audiencias en su contra. En la última, realizada el 13 de febrero
de 2013, la Fiscalía argumentó que dos de los testigos no asistieron por
problemas de seguridad presentados en la zona (enfrentamientos entre el
ejército y la guerrilla), algo que también cuestionó el abogado Lucas Restrepo,
pues los supuestos problemas de seguridad son desconocidos para los testigos de
la defensa, los cuales habitan en la misma zona y sin ninguna dificultad
llegaron a la audiencia para declarar en favor del amigo, el líder y hombre
comprometido por mejorar las condiciones de vida de su comunidad.
Hoy Félix requiere de una cirugía en su rodilla derecha. En
la cárcel su salud se deteriora y se le observa caminar con dificultad. En
diciembre de 2012 fue solicitada la casa por cárcel; y a pesar de su condición,
la solicitud fue negada argumentando que Félix María Campo “representa un
peligro para la sociedad”… (Los comentarios sobran, solo resta exigir su inmediata
liberación)
Si bien esta estrategia de convertir las cárceles colombianas
en campos de concentración contra la oposición política demanda el alzamiento
de todas las voces del país para exigir justicia y libertad, también demanda
una campaña internacional que juzgue a Colombia por este tipo de crímenes que
evidencian un nuevo tipo de dictaduras que operan bajo el manto de países que
los avalan como “gobiernos democráticos”. Es sabido que el problema no es de
forma sino de contenido. Y bajo la forma aparente de una democracia, Colombia
oculta un contenido siniestro de crímenes de guerra y lesa humanidad contra el
pueblo colombiano.
Febrero 16 de 2013