Es imperativo pensar en alternativas judiciales y penales con perspectiva de género distintas a la prisión. Las inhumanas cárceles colombianas no son una opción y menos para las mujeres.
Algunas reflexiones sobre el Día Internacional de la Mujer
2015/ Marzo 8/
Mujeres y género/ Por: Liliany Obando[i]
De las 157.693 personas privadas de la libertad en Colombia que están bajo la custodia del Instituto Penitienciario y Carcelario – INPEC, 8.120, (7,0%) son mujeres que se encuentran recluidas en establecimientos penitenciarios y carcelarios[ii], otras
3.664 mujeres están en detención domiciliaria
(sin condena) y 3.546 se encuentran en prisión domiciliaria (condenadas)[iii].
Muchas de estas
mujeres han incurrido en actos de transgresión a la ley como consecuencia de un
sistema económico-social y de un Estado que las discrimina, las subordina, las excluye, las violenta y las empuja a la
búsqueda extrema de una sobrevivencia para ellas y sus familias. Un resultado no deseado pero que puede dar
cuenta de su transgresión.
Pero en las
prisiones colombianas también hay mujeres injustamente privadas de su libertad,
otras quienes se encuentran detenidas preventivamente porque presumiblemente
pueden ser responsables o no de algún delito y también están aquellas que
conscientemente se han rebelado contra el Estado, algunas con armas y otras sólo
armadas de ideas.
Unas y otras
deben enfrentar la realidad de un sistema judicial y penitenciario y carcelario
que no comprende que las mujeres son y
habitan de manera diferenciada el espacio en el que viven con respecto a los
hombres. En la prisión, la carga
patriarcal no sólo se traslada sino que se agudiza a tal punto de
invisibilizarlas. El hecho de ser las
mujeres una minoría dentro de la población privada de la libertad intramural (7.0%),
la inexistencia de una política y tratamiento penitenciario con perspectiva de
género y la falta de conocimiento y aplicación de la ley donde prevalezca una justicia de género, que reconozca que
las mujeres y los hombres son humanidades distintas y que por lo tanto merecen
un tratamiento diferencial, así lo evidencian. Tal desconocimiento en general
implica una homogenización del tratamiento ante la ley y del tratamiento
penitenciario para hombres y mujeres que sólo amplia la brecha de desigualdad
entre unos y otras.
Entre muchas
otras cosas, podemos destacar una circunstancia que poco o nada se tiene en
cuenta a la hora de determinar formas privativas de la libertad y el
tratamiento punitivo para las mujeres transgresoras o presuntamente
transgresoras en Colombia, y es el hecho de que una muchas de ellas son madres
y la gran mayoría son madres cabeza de familia para quienes el Estado ofrece
pocas o nulas opciones de vida.
De forma
preocupante, cuando una mujer que es madre cabeza de familia es privada de la
libertad, su situación se hace inevitablemente extensiva a sus hijas e hijos, mayoritariamente
menores de edad, quienes resultan seriamente afectados en sus derechos
fundamentales. Pero el Estado no ha tenido en cuenta esta realidad que exige la
aplicación de una justicia de género que ofrezca alternativas distintas a la
cárcel intramural a esas madres y sus descendencias que son el futuro de un
nuevo país.
De otra parte, entre
las mujeres privadas de la libertad también se encuentran las prisioneras
políticas -de conciencia y de guerra- quienes padecen con especial rigor la privación
de su libertad por el tratamiento de “enemigas” que tanto entes judiciales como
el personal de guardia aplican sobre ellas al trasladar la lógica del conflicto
interno armado colombiano a cárceles y penales. Tratos degradantes,
hostigamientos, persecución a familiares y abogados, altas condenas y exorbitantes
multas pecuniarias, negligencia médica, especialmente hacia las combatientes
que fueron capturadas heridas, amenazas, entre otras, son parte de su vida
cotidiana, que afrontan con dignidad.
Ahora que en Colombia
se adelanta un proceso de conversaciones de paz entre el gobierno y las guerrillas
de las FARC-EP y el ELN, y que en el marco del mismo, por primera vez se ha
nombrado una sub comisión de género
con el propósito de que los acuerdos allí logrados incluyan ésta perspectiva,
es una buena oportunidad para que se mire la realidad que afrontan las mujeres
en condiciones de privación de la libertad y se considere también para ellas
una alternativa.
Para las
prisioneras políticas –de conciencia y de guerra – (lo mismo que para los prisioneros políticos)
lo que se espera es que haya una solución político-jurídica que les devuelva la
libertad y así puedan en adelante aportar a la consolidación de la paz por
medios no cruentos.
Pero aquellas
otras mujeres, las otras víctimas de un sistema y un Estado que las ha
discriminado y excluido siempre, también merecen ser tenidas en cuenta. Aquellas mujeres privadas de la libertad que
son madres, especialmente las que son cabeza de familia, necesitan una opción
distinta a la prisión intramural porque tras de sí se arrastra también a una
nueva generación de niñas y niños que merecen vivir en un país que los incluya
positivamente.
Es imperativo pensar
en alternativas judiciales y penales con perspectiva de género distintas a la
prisión. Las inhumanas cárceles colombianas no son una opción y menos para las
mujeres.
Las mujeres le
apostamos a una paz que revierta las tradicionales inequidades entre lo
masculino y lo femenino, donde cese toda forma de violencia y exclusión contra
la mujer, por ser mujer, y donde finalmente empoderadas y reconocidas como
sujetos sociales y políticos podamos ser protagonistas también de la
construcción de un nuevo país con paz y justicia social.
En el día
internacional de la mujer, el reconocimiento y la solidaridad a todas las
mujeres luchadoras que se encuentran privadas de la libertad. Especial reconocimiento a todas esas otras
mujeres: madres, abuelas, hermanas e hijas que incondicionales con sus mujeres privadas
de la libertad también padecen sobre sus humanidades los vejámenes de la
prisión.
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