Por: David Escobar
La
pregunta que da el título a esta nota la expresó Jhon Faber Ramirez, Gerente de
la Red de Salud del Centro de Cali, cuando le preguntamos qué elementos de
protección para la prevención de contagios del nuevo coronavirus han sido
entregados a los internos de la cárcel de Villahermosa por parte de la
Secretaría de Salud, que es la autoridad sanitaria y administrativa del
gobierno a nivel municipal.
“Los elementos de
protección personal se utilizan para personal que atiende población. No para
los internos. Y toda persona que tenga sintomatología respiratoria es aislada y
se manejan unos protocolos de aislamiento (...) entonces no se entregan
elementos de protección personal a diestra y siniestra a toda la población
carcelaria (...) cuando usted hace la pregunta pareciera que manifestara que a
toda persona que esté interna se le tiene que dar un tapabocas y eso no es
así”, respondió el Gerente Ramírez.
La cuestión puede parecer
trivial ante una mirada banal, sin embargo hay buenas razones y jurisprudencia
para hablar al respecto.
Jhon Faber Ramírez fue
designado y autorizado por la Secretaria de Salud, Miyerlandi Torres, para
responder la entrevista que la Red de Medios Alternativos y Populares (REMAP)
realizó para esta nota. Teniendo en cuenta lo anterior, el Gerente Ramírez
respondió en nombre de la institución.
Según afirmó Ramírez,
desde el inicio de la pandemia se ha mejorado la capacidad de atención en salud
en Villahermosa, ampliando el personal con 6 médicos más. Durante este periodo
en la cárcel se han realizado de 60 a 80 valoraciones médicas diarias. Entre la
información entregada por Ramírez, hay algunos datos relevantes.
Durante la cuarentena en
la cárcel de Villahermosa se han diagnosticado 9 personas con tos, 32 personas
con rinofaringitis y tienen en este momento 76 pacientes diagnosticados con
tuberculosis. A pesar de ello no se ha realizado ni la primera prueba de
COVID-19 a los internos. Las razones, según explicó, es que primero que todo no
hay pruebas rápidas disponibles en la ciudad, y segundo, que para hacerles las
pruebas moleculares para detectar COVID-19, los internos deben cumplir con 2
requisitos: presentar síntomas y tener nexo epidemiológico. Además, afirmó que
hasta el momento no se ha comprobado que ninguna persona que haya visitado la
cárcel tenga resultado positivo para el nuevo Coronavirus. Es decir, no hacen
pruebas porque no ha habido casos registrados, y viceversa: no han detectado
casos porque no han hecho pruebas.
Esto deja varias
preguntas: ¿acaso a los visitantes de Villahermosa se les exigió un “pasaporte
de inmunidad” al ingreso a la cárcel? ¿Se realizaron pruebas de COVID-19 al
ingreso antes de la suspensión de visitas? No. Un interno, quien en
comunicación con REMAP pidió reserva de su nombre, afirmó que la autoridad de
Villahermosa les dijo que no había internos contagiados. Sin embargo, nuestra
fuente sostuvo que sí había pacientes con síntomas respiratorios que, de
acuerdo con los parámetros de la Organización Mundial de la Salud (OMS),
podrían asociarse al nuevo coronavirus.
La fuente sostuvo que en
Villahermosa suspendieron las visitas, como medida preventiva tomada por las
autoridades carcelarias. Pero añadió que antes de suspenderlas, hubo visitas de
personas venidas desde el exterior, entre quienes estaba una persona de Italia
que fue a ver a un interno en la primera semana de marzo, cuando ya se había
extendido la pandemia del nuevo coronavirus en ese país europeo. Sostuvo
también que un par de semanas después aparecieron los primeros casos: cinco
internos -quienes ya no se encuentran en el patio-, con dificultad respiratoria,
dolor torácico, mialgia, artralgia y alza térmica (fiebre) mayor a 39 grados
durante 5 días consecutivos. El diagnóstico inicial de uno de ellos fue
neumonía, después tuberculosis.
Es importante traer a
colación el caso de Plinio Tapiero, un recluso de 78 años, quien fue la segunda víctima mortal de Covid-19 en la cárcel de Villavicencio. Pese a que
Tapiero, según su hija Berta, nunca tuvo antecedentes de enfermedades
pulmonares, el 7 de abril el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario
(INPEC) afirmó que el recluso había muerto a causa de una supuesta
tuberculosis; una enfermedad que tarda meses en desarrollarse.
Lo cierto es que en la
prisión no hay posibilidades de distanciamiento social, lo cual crea las
condiciones para que haya una alta posibilidad de contagio. Según conoció
REMAP, la guardia del INPEC entra y sale de los patios sin ninguna restricción,
e incluso a veces sin tapabocas. Además, la base de datos del INPEC reporta que
esta cárcel tiene capacidad para 2.046 internos, y actualmente tiene 5.820, lo
cual equivale a una sobrepoblación de 3.774 prisioneros, y un hacinamiento del
184%, aunque según el personero Municipal Harol Andrés Cortez,
esta superpoblación hoy supera el 300%, lo cual
es grave en la situación de pandemia que vive el país.
No hay condiciones dentro
de los patios para aislar pacientes respiratorios. En algunos patios –afirma la
fuente- los internos comparten colchonetas y duermen hasta en el baño. Los
elementos de higiene y protección personal con los que cuentan son algunos
antibacteriales y tapabocas sencillos, donados por los familiares de los
internos, los cuales han tenido que reutilizar desde hace varias semanas.
En cuanto a la
jurisprudencia que sustenta la entrega de la debida protección a los internos
de Villahermosa, acá hay algunas notas que la oficina jurídica de la Secretaría
de Salud debería conocer:
1. El Juzgado Primero de
Ejecución de Penas de Santander, al estudiar una tutela presentada en el marco
de la pandemia, por la Defensoría Regional de Santander, en la que se recopila
detalladamente cada llamado a las autoridades departamentales y municipales
-ninguno fructífero hasta la fecha- para solucionar las condiciones en por lo
menos seis cárceles de Santander, en las cuales se pedía desde hace meses tomar medidas de protección para los internos y el personal del INPEC, ordenó “que se les garantice
los elementos necesarios para afrontar la crisis como tapabocas, guantes, antibacterial,
jabones, límpido, entre otros, durante todo el periodo que dure la emergencia
social y sanitaria”.
2. El Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Manizales ordenó a “la Alcaldía y la Gobernación de Caldas, el INPEC y la USPEC (Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios) que deberán "continuar suministrando elementos sanitarios y de aseo, tales como jabones, gel antibacterial y tapabocas a la población privada de la libertad del EPMSC (Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad) de Manizales durante y hasta tanto se supere la pandemia del COVID-19 (...)".
Además, detalla la decisión que: “No podría afirmarse categóricamente que se han vulnerado los derechos fundamentales a la vida, salud, dignidad humana, igualdad, integridad personal, y seguridad personal de los accionantes como tampoco del grupo poblacional al que se hecho alusión. Sin embargo, mal haría este juzgado en desconocer que una deficiencia en las actividades de prevención, control y manejo de la enfermedad del COVID-19, podría llegar a generar la vulneración de los mencionados derechos con la consecuente ocurrencia de un perjuicio irremediable”.
3. El Gobierno Nacional informó
que durante la fase de mitigación por la que atraviesa el país (en la que
cualquier persona es potencialmente portadora del virus) será obligatorio el uso de tapabocas convencional en la población en
general. El Ministerio de Salud resalta la medida en los siguientes lugares:
- En el
sistema de transporte público (buses, Transmilenio, taxis) y áreas donde haya
afluencia masiva de personas (plazas de mercado, supermercados, bancos,
farmacias, entre otros) donde no sea posible mantener la distancia mínima de
1 metro.
ADENDA:
Mientras la situación
carcelaria de Cali es una bomba de tiempo, el Alcalde Jorge Iván Ospina declara que va a enviar a prisión
a los pacientes contagiados de COVID-19 que incumplan la cuarentena. ¡Es la
fórmula del desastre!
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